TURISMO INTERNACIONAL

Directrices para la reapertura de las actividades económicas y productivas

Redacción | Jueves 18 de junio de 2020

Italia ha elaborado fichas que indican las directrices a seguir en la reapertura de las actividades de cada sector con las medidas de prevención y contención reconocidas a nivel científico para combatir la difusión del contagio, entre ellas: normas de conducta, distanciamiento social y rastreo de contactos.

En estas fichas técnicas contienen directrices operativas específicas válidas para cada uno de los sectores de actividad, cuya finalidad es facilitar una herramienta sintética e inmediata para la aplicación de las medidas de prevención y contención de carácter general, a fin de sostener un modelo de recuperación de las actividades económicas y productivas que sea compatible con la protección de la salud de usuarios y trabajadores.

En concreto, cada ficha recoge las diferentes medidas de prevención y contención reconocidas a nivel científico para combatir la difusión del contagio, entre ellas: normas de conducta, distanciamiento social y rastreo de contactos.

Por otra parte, las indicaciones que estas contienen se ajustan a las indicaciones de ámbito nacional, en particular modo a las del protocolo compartido por los agentes sociales que ha sido aprobado por el decreto del presidente del Gobierno del 26 de abril de 2020, así como a las directrices generales recogidas en los documentos técnicos emanados por el INAIL (instituto nacional italiano de seguros contra accidentes laborales) y el Istituto Superiore di Sanità (instituto superior de salud italiano) con el objetivo principal de reducir el riesgo de contagio para los individuos y la colectividad en todos los sectores de producción y económicos.

En dicho contexto, el sistema de prevención en empresas, que se ha consolidado con el tiempo en las formas previstas por el decreto legislativo nº 81 del 9 de abril de 2008, constituye un marco natural de ayuda a la gestión integrada del riesgo relacionado con la actual pandemia. En todo caso, solo la participación consciente y activa de cada uno de los usuarios y trabajadores, con pleno sentido de responsabilidad, podrá resultar determinante, no solo para el caso concreto de las empresas, sino también para la colectividad.

Por último, es oportuno que las indicaciones operativas recogidas en el presente documento, junto con soluciones de eficacia superior, en su caso, sean adaptadas a cada una de las organizaciones, determinando qué medidas pueden ser las más eficaces en función de cada contexto local y qué procedimientos/instrucciones operativas seguir para poner en práctica dichas medidas. Tales procedimientos/instrucciones operativas pueden coincidir con procedimientos/instrucciones operativas adoptados con anterioridad siempre y cuando sean integrados de manera oportuna, al igual que pueden constituir un apéndice, relacionado con la emergencia, del documento de evaluación de riesgos redactado con arreglo al decreto legislativo nº 81 del 9 de abril de 2008.

Queda entendido que las medidas indicadas podrán ser reformuladas incluso en sentido más restrictivo, dependiendo de cómo evolucione el escenario epidemiológico.

Las fichas actualmente publicadas se integrarán, en su caso, a las fichas relativas a sectores de actividad adicionales.

HOSTELERÍA
ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL TURISMO (playas y sus establecimientos)
ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS
● CUIDADOS ESTÉTICOS (peluqueros, esteticistas y tatuadores)
● VENTA AL DETALLE
● VENTA AL DETALLE EN ZONAS PÚBLICAS (mercados y rastros)
● OFICINAS ABIERTAS AL PÚBLICO
● PISCINAS
● GIMNASIOS
● MANTENIMIENTO DE JARDINES Y ZONAS VERDES
● MUSEOS, ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS
● ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS AL AIRE LIBRE
● REFUGIOS DE MONTAÑA
● ACTIVIDAD FÍSICA AL AIRE LIBRE
● ALQUILER DE VEHÍCULOS Y OTROS EQUIPOS
● REPRESENTANTES FARMACÉUTICOS
● PARQUES INFANTILES
● CÍRCULOS CULTURALES Y RECREATIVOS
● FORMACIÓN PROFESIONAL
● CINE Y ESPECTÁCULOS
● PARQUES TEMÁTICOS Y DE ATRACCIONES
● FESTIVALES Y FERIAS
● SERVICIOS PARA LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
● BALNEARIOS Y SPAS
● PROFESIONES DE MONTAÑA (guías de montaña y maestros de esquí) y GUÍAS TURÍSTICOS

Todas las indicaciones recogidas en cada una de las fichas temáticas han de considerarse complementarias a las recomendaciones de distanciamiento social, higiene y conducta encaminadas a combatir la difusión de SARS-CoV-2 en todos los contextos de vida en sociedad. En ese sentido, en cuanto al uso de guantes desechables, teniendo en cuenta el riesgo adicional que un empleo erróneo de los mismos representa, se considera preferible la higienización rigurosa y frecuente de las manos con agua y jabón, o una solución hidroalcohólica, tanto para los clientes/visitantes/usuarios como para los trabajadores (excepto en los casos, para estos últimos, en que la tarea desempeñada conlleve un riesgo específico).

Para todos los procedimientos de limpieza y desinfección, aireación de los ambientes y gestión de residuos, se han de consultar las indicaciones recogidas en los siguientes informes (de los cuales queda entendido que se habrá de considerar la última versión disponible): Informe COVID-19 nº 19/2020 del Istituto Superiore di Sanità “Raccomandazioni ad interim sui disinfettanti nell’attuale emergenza COVID-19: presidi medico chirurgici e biocidi” (recomendaciones provisionales sobre desinfectantes en la actual emergencia COVID-19: dispositivos médico-quirúrgicos y productos biocidas); Informe COVID-19 nº 5/2020 del Istituto Superiore di Sanità “Indicazioni ad interim per la prevenzione e gestione degli ambienti indoor in relazione alla trasmissione dell’infezione da virus SARS-CoV-2” (indicaciones provisionales para la prevención y gestión de los espacios de interior en lo que respecta a la transmisión de la infección por virus SARS-CoV-2); Informe COVID-19 nº 3/2020 del Istituto Superiore di Sanità “Indicazione ad interim per la gestione dei rifiuti urbani in relazione alla trasmissione dell’infezione da virus SARS-CoV-2” (indicaciones provisionales para la gestión de residuos urbanos en lo que respecta a la transmisión de la infección por virus SARS-CoV-2); Informe COVID-19 nº 21/2020 del Istituto Superiore di Sanità “Guida per la prevenzione della contaminazione da Legionella negli impianti idrici di strutture turistico-ricettive e altri edifici ad uso civile e industriale non utilizzato durante la pandemia COVID-19” (guía para la prevención de la contaminación de legionela en las instalaciones hidráulicas de alojamientos turísticos y otros edificios de uso civil e industrial no utilizadas durante la pandemia de COVID-19).

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