¡OJO! Muchas aerolíneas están cancelando vuelos y rutas a distintos países como China, Italia, Japón… con motivo del Coronavirus: en este caso están dando la opción de recuperar el dinero o de cambiar las fechas del viaje. Pero esto solo es posible si el viaje estaba planeado a zonas de riesgo por el Coronavirus.
OCU pide que el miedo al coronavirus se considere fuerza mayor en la cancelación
Se siguen multiplicando los casos de coronavirus. Entre otras muchas cosas, esto afecta también a los viajes que muchos usuarios habían contratado a algunas de las zonas donde hay más incidencia de la enfermedad, especialmente a Italia.
Muchos consumidores, ante el aumento de casos de coronavirus, están planteándose cancelar los viajes que tenían previstos a algunas de las zonas afectadas. De hecho, el propio Ministerio de Sanidad español ha recomendado siguiendo el principio de precaución, no viajar a las zonas afectadas a no ser que sea estrictamente necesario. Esas zonas son, por ahora China, Corea del Sur, Japón, Singapur, Irán y cuatro regiones del norte de Italia: Lombardía, Véneto, Piamonte y Emilia Romaña.
Derechos del viajero ante el coronavirus
Para OCU, el miedo a la epidemia justifica que esta cancelación sea considerada fuerza mayor, y así lo ha solicitado.
Si se considera fuerza mayor, los viajeros que decidieran cancelar su viaje podrían hacerlo sin coste, obteniendo la devolución del importe pagado. De no aceptarse así por parte de las compañías, tendría que acudir a los tribunales para conseguirlo.
En OCU tenemos claro que la situación actual constituye una circunstancia extraordinaria de fuerza mayor, y por eso, debería permitirse a los consumidores cancelar los viajes contratados sin coste por su parte. Para OCU el miedo insuperable de muchos consumidores a contraer la enfermedad en sus viajes de ocio, o a quedarse aislados lejos de sus domicilios es una razón más que suficiente para cancelar las reservas efectuadas.
Lamentablemente, no todos lo ven así: el Ministerio de Consumo ha hecho pública una nota de prensa sobre los derechos de los consumidores cuyos viajes pueden verse afectados por el coronavirus, que desde OCU hemos calificado de decepcionante, ya que se limitan a reproducir la legislación vigente y no son claros sobre la excepcionalidad de la situación actual, que para OCU es una circunstancia extraordinaria, que justifica la consideración de fuerza mayor.
Ante la alerta internacional causada por la epidemia, el miedo fundado de los viajeros, y la recomendación del Ministerio de Sanidad, OCU solicita a las agencias de viajes y compañías de transporte que consideren motivo de fuerza mayor las cancelaciones de estos viajes, y que se permita la cancelación del viaje, sin coste y la recuperación del precio de su billete o el cambio de fecha.
Para tener derecho a la devolución por fuerza mayor no es necesario tener un seguro de cancelación.
Cancelación de viaje por coronavirus: seguros de asistencia
Hay algunas pólizas de asistencia en viaje que tienen expresamente excluidas las prestaciones (sanitaria, traslados, desplazamientos de familiares, etc) en situaciones de epidemia. Consulta tu póliza para saber si está excluida esta circunstancia y, si aún no has iniciado el viaje, busca una póliza que sí te preste la asistencia.
Es frecuente que las aseguradoras indiquen en la póliza que no se hacen cargo de la asistencia si inicias un viaje a una zona desaconsejada por las autoridades, por problemas sanitarios o por otros, como zonas donde haya un conflicto bélico por ejemplo. E incluso si no lo pusieran expresamente, podrían no cubrir al asegurado si aprecian temeridad en su decisión de viajar.
Coronavirus y cancelación de vuelos: qué hacer
¿Tenías previsto un viaje y vas a cancelarlo por miedo al contagio de coronavirus?
Conserva toda la documentación del viaje: título de transporte, justificante de pago, contrato con la agencia y cualquier información que consideren relevante.
Si se considera que la cancelación del viaje por miedo al coronavirus es causa de fuerza mayor, deberías solicitar, de manera fehaciente, la cancelación del servicio por considerar que concurren circunstancias excepcionales y de fuerza mayor.
Esa solicitud debes enviarla al departamento de atención al cliente de la empresa o compañía, y conservar prueba de que la has hecho.
Si no te responden en 30 días o si la respuesta no fuera satisfactoria, habría que acudir a los tribunales.
¿Qué pasa si un vuelo se cancela por el coronavirus?
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha informado sobre los derechos que tienen los viajeros cuyo vuelo haya sido cancelado. La cancelación de los vuelos por parte de las compañías por la expansión del coronavirus se considera una circunstancia extraordinaria. En ese caso hay derecho a:
- Información.
- Asistencia: comida y bebida suficiente, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico y, si fuese necesario, a una o más noches de alojamiento, así como al transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.
- Reembolso del importe del viaje o transporte alternativo.
Como es circunstancia extraordinaria, no hay derecho a compensación económica.
Por su parte FACUA informa:
El Reglamento Europeo 261/2004, en su artículo 8, recoge que los transportistas aéreos deben ofrecer a los pasajeros que sufran la cancelación de un vuelo "el reembolso en siete días" del billete o "la conducción hasta el destino final, en condiciones de transporte comparables, en una fecha posterior que convenga al pasajero", entre otras.
Si la cancelación no ha ocurrido con la suficiente antelación, las aerolíneas, además, deberán ofrecer gratuitamente, tal y como especifica el artículo 9 del mismo Reglamento: "comida y refrescos suficientes", "alojamiento en un hotel" -en caso de ser necesario-, "transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento" y "dos llamadas telefónicas, télex o mensajes de fax, o correos electrónicos".
En el caso de los alojamientos hoteleros que se hubieran reservado en Italia, FACUA recomienda a los usuarios que comprueben las condiciones del contrato que firmaron, así como si disponen de algún tipo de seguro, para aclarar las responsabilidades y los derechos que les asisten.
Viajes combinados
La asociación también recuerda que si el usuario contrató un paquete vacacional -viaje combinado-, el artículo 161.5 del Texto Refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios recoge que tiene derecho "sin coste adicional alguno para el viajero" a "fórmulas alternativas adecuadas, de ser posible de calidad equivalente o superior a las especificadas en el contrato, para la continuación del viaje combinado. [...] Si las fórmulas alternativas propuestas dan lugar a un viaje combinado de menor calidad que la especificada en el contrato, el organizador, o en su caso, el minorista aplicarán al viajero una reducción adecuada en el precio".
Si no fuera posible encontrar una solución alternativa -como, por ejemplo, vuelos en otras fechas- el punto 6 del mismo artículo otorga el derecho a "poner fin al contrato sin pagar ninguna penalización". Los usuarios, por tanto, pueden pedir la devolución de todo el importe que les costó el viaje combinado, y pueden reclamar tanto a la agencia de viajes como a la aerolínea y al hotel, tal y como establece el artículo 161.1 de la normativa, que recoge que "los organizadores y los minoristas de viajes combinados responderán de forma solidaria frente al viajero".